Darse de alta en el Padrón Municipal de Habitantes de Valencia es un servicio para las personas procedentes de otros municipios, provincias o países.
Lo más importante es tener en cuenta que solo se puede realizar de forma PRESENCIAL.

Cambio de empadronamiento en Valencia PASO A PASO
El Empadronamiento en Valencia y en cualquier municipio se realiza de forma cómoda ONLINE o de Forma presencial siguiendo los pasos.
ALTA en el padrón de la ciudad de VALÈNCIA:
- Alta por cambio de residencia: personas que han fijado su residencia habitual en el municipio de València, procedentes de otro municipio o del extranjero.
- Alta por omisión: personas que, residiendo habitualmente en el municipio de València, no figuran inscritas en el Padrón, o se desconoce el municipio de su anterior inscripción padronal.
CAMBIO DE DOMICILIO en el padrón de la ciudad de VALÈNCIA:
- Cambio de domicilio: personas que estando empadronadas en el municipio de València cambian su residencia a otro domicilio del municipio.
Documentos para realizar empadronamiento en Valencia
Delegación a terceras personas de trámites padronales para la ciudad de Valencia.
Autorización de inscripción al padron en una vivienda ajena para la Ciudad de Valencia
Declaración de cambio de domicilio en la unidad familiar para la ciudad de Valencia
💡Enlaces de Interés:
– Turismo En Valencia. Que hacer Gratis en Valencia
¿Dónde hacer el Cambio de Empadronamiento en Valencia?
Sedes donde realizar empadronamiento o cambio de padrón en Valencia:
OFICINA DEL PADRÓN MUNICIPAL Plaza del Ayuntamiento (entrada por Periodista Azzati, 2)Tel.: 962081104 y en www.valencia.es y sede.valencia.es Fax:96.352.34.22
Horario: De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solcitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal www.valencia.es o llamando al teléfono de atención ciudadana 010poblacion@valencia.es
OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA – TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 València Tel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14
Horario: De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal
http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
JUNTA MUNICIPAL D’ABASTOS (TRÁMITES PADRÓN) C/ Alberic, 18
Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITS (TRÁMITES PADRÓN)C/ Comte de Lumiares, 5 Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIM (TRÁMITES PADRÓN)C/ Barraca, 53Tel.: 963014163 / 963014227De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX (TRÁMITES PADRÓN)Calle Beato Nicolás Factor, 1De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipalhttp://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
JUNTA MUNICIPAL D’EXPOSICIÓ (TRÁMITES PADRÓN) Calle Guàrdia Civil, 19De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFA (TRÁMITES PADRÓN) C/ Maties Perelló, 5De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
Hacer empadronamiento en Valencia por internet
Realizar la solicitud en línea con firma digital Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
PASOS para realizar el empadronamiento online en Valencia
- Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
- Rellene el formulario
- Adjunte la documentación requerida
- Presente y firme la solicitud
¿Que documentación hay que llevar para el empadronamiento en Valencia?
- DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA IDENTIDAD DE LAS PERSONAS INTERESADAS
(Todos los documentos de identificación deben de estar en vigor)
a) Documentación de identidad de todas las personas mayores de edad afectadas por el trámite, según sea el caso:
Ciudadanía española: DNI o pasaporte.
Ciudadanía de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza:
Tarjeta de Residencia, pasaporte o documento de identidad del país de origen. En caso de aportar “Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión” deberá ir acompañado del pasaporte o del documento de identidad del país de origen. Resto de ciudadanía: (No comunitarios y personas del Reino de Gran Bretaña): Tarjeta de residencia o pasaporte.
En caso de solicitantes de asilo y protección internacional: Los siguientes documentos que se facilitan a los solicitantes de asilo: 20/12/23, 22:15 Sede Electrónica
a) Resguardo de presentación de solicitud de protección internacional: este documento se expide con dos
fechas de validez y será válido para la identificación en el Padrón una vez transcurrida la primera de ellas, es
decir, durante la prórroga de su período de validez hasta la segunda.
b) Documentos acreditativos de la condición de solicitante, en tramitación, de protección internacional: Doc. Ex148 (o tarjeta roja sin trabajo) y Doc. Ex148 bis (o tarjeta roja con autorización a trabajar) NOTA: Podrá exigirse la declaración jurada oficial. Los documentos expedidos por autoridades extranjeras (excepto de Estados de la Unión Europea) deben estar apostillados (certificada la autenticidad del documento) para tener efecto en España.
b) Documentación de identificación personal de todas las personas menores de edad afectadas por el trámite, según sea el caso:
Ciudadanía española:
- Hasta los 14 años: Libro de familia o Certificado de nacimiento y si se dispone, además, DNI.
- Mayores de 14 años: los mismos documentos de identificación exigidos para las personas mayores de edad y si se dispone, además, Libro de familia o Certificado de nacimiento. Ciudadanía de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza
- Hasta los 14 años: Libro de familia o Certificado de nacimiento y si se dispone, además, Tarjeta de Residencia, pasaporte o documento de identidad del país de origen. En caso de aportar “Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión” deberá ir acompañado del pasaporte o del documento de identidad del país de origen.
- Mayores de 14 años: los mismos documentos de identificación exigidos para las personas mayores de edad y además, Libro de familia o Certificado de nacimiento. Resto de ciudadanía: (No comunitarios y personas del Reino de Gran Bretaña).
- Hasta los 14 años: Libro de familia o Certificado de nacimiento, y si se dispone, además, tarjeta de residencia o pasaporte.
- Mayores de 14 años: los mismos documentos de identificación exigidos para las personas mayores de edad y además, Libro de familia o Certificado de nacimiento.
- DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA RESIDENCIA EN LA VIVIENDA OBJETO DE EMPADRONAMIENTO
2.1 Vivienda de su propiedad: Si en el recibo del Impuesto de bienes inmuebles (IBI) la persona interesada consta como titular no deberá aportar justificación, se comprobará de oficio por el Ayuntamiento. En caso contrario, la propiedad se acreditará por cualquiera de los siguientes documentos:
Escritura de propiedad o copia simple completa de la vivienda, donde la persona que se inscribe conste como propietaria. En caso de haber usufructo será necesaria la autorización expresa firmada de la persona titular del derecho y copia de su documento de identificación.
Escritura de aceptación de herencia en el supuesto de viviendas heredadas, con una antigüedad máxima de 1 año desde la fecha de su aceptación
Nota simple del Registro de la Propiedad, con una validez de 3 meses.
2.2 Vivienda alquilada en la que la persona interesada es la titular del contrato de arrendamiento: contrato de alquiler en vigor de vivienda o habitación que deberá estar firmado por todas las personas que figuran en el contrato, con una duración mínima de seis meses, acompañado de uno de los siguientes documentos:
20/12/23, 22:15 Sede Electrónica
Último recibo del alquiler (o transferencia bancaria) pagado en los últimos dos meses, donde figure la persona arrendadora (propietario/a), la arrendataria (inquilino/a), mes de alquiler y dirección de la vivienda, o último recibo o justificante bancario de los suministros de luz, agua o gas pagado a nombre del arrendatario/a o inquilino/a (persona titular del contrato de alquiler), donde figure su nombre y apellidos y conste el mismo domicilio especificado en el contrato de alquiler, o última factura de agua, luz, o gas, donde conste la fecha de abono vencida o abonada y los datos
necesarios para identificar el alquiler (nombre y apellidos del arrendatario/a o inquilino/a y el domicilio especificado en el contrato de alquiler).
2.3 Si el empadronamiento se efectúa en vivienda ajena (no se dispone de título de propiedad o alquiler):
2.3.1 Empadronamiento en una vivienda ajena en la que consten ya otras personas empadronadas:
Autorización expresa por escrito, firmada y bajo la responsabilidad de la persona mayor de edad
empadronada que disponga de un título acreditativo de la posesión de la vivienda (PROPIEDAD o
ALQUILER). (Impreso Autorización de inscripción en una vivienda ajena)
Documento de identificación de la persona autorizante.
Documentación que acredite la titularidad (APARTADOS 2.1 Y 2.2).
2.3.2 Empadronamiento en una vivienda ajena en la que no existen personas empadronadas:
2.3.2.1 Vivienda con título de propiedad
Autorización expresa por escrito y firmada y documento de identificación de la persona propietaria de
la vivienda (Impreso Autorización de inscripción en una vivienda ajena).
Documentación que acredite la titularidad (APARTADO 2.1).
2.3.2.2 Vivienda con contrato de alquiler
Autorización expresa por escrito y firmada y documento de identificación de la persona arrendataria,
más autorización expresa por escrito y firmada y documento de identificación de la persona propietaria
de la vivienda (Impreso Autorización de inscripción en una vivienda ajena).
Documentación que acredite la titularidad (APARTADO 2.1).
2.4. Otras situaciones: En caso de separación o divorcio se ha de aportar sentencia, donde se concede el uso
y disfrute de la vivienda a uno de los cónyuges, acompañada de los documentos mencionados anteriormente
para la acreditación del domicilio.
2.5 Si el empadronamiento se efectúa en establecimientos colectivos (de tipo hotelero, religioso, militar,
residencial u otro), que consten como tales en el Padrón del Ayuntamiento de València:
Autorización suscrita por la persona que ostente la dirección del establecimiento.
- DOCUMENTACIÓN ADICIONAL EN CASO DE MENORES
Libro de Familia o Certificado de nacimiento, para acreditar la representación legal de los/las menores, por
parte de las personas progenitoras que ostenten la patria potestad.
3.1 Empadronamiento de menor con ambas personas progenitoras:
Si lo solicita o comparece una sola de ellas, será necesario:
Autorización de la otra persona progenitora (Modelo 1)
3.2 Empadronamiento de menor con una sola persona progenitora.
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REGLA GENERAL
Será necesario alguno de los siguientes documentos, independientemente del tipo de guarda y custodia de
que se disponga.
Consentimiento del/la otro/a progenitor/a (Modelo 1).
Resolución judicial que se pronuncie sobre el lugar de empadronamiento del/la menor
Resolución judicial que acredite que la otra persona progenitora ha sido privada de la patria potestad.
Autorización judicial para el empadronamiento con el/la progenitor/a solicitante.
En caso de familia monoparental o en situación de monoparentalidad, en la que SOLO exista UNA
persona progenitora o de acogida: Acreditación de tal circunstancia mediante Libro de Familia o
documento equivalente, o título colectivo de familia monoparental, en el que figuren todas las personas
que la componen.
SUPUESTOS EXCEPCIONALES
Excepcionalmente, cuando no sea posible recabar el consentimiento de ambas ni exista resolución judicial,
podrá realizarse el empadronamiento con el/la progenitor/a solicitante EXCLUSIVAMENTE EN LOS
SIGUIENTES CASOS:
Si no existe resolución judicial que se pronuncie sobre la guarda y custodia del/de la menor
(separaciones de hecho o en tramitación): alegando alguno de los motivos tasados recogidos en la
Declaración Responsable (Modelo 3)
Si la persona progenitora solicitante tiene la guarda y custodia en exclusiva: alegando alguno de los
motivos tasados recogidos en la Declaración Responsable (Modelo 2)
Las declaraciones responsables NO pueden utilizarse en el caso de custodia compartida.
3.3 Empadronamiento de menores en domicilio distinto al de las personas progenitoras que ostentan su
guarda y custodia:
REGLA GENERAL:
Autorización de ambas (Modelo 1)
Resolución judicial que se pronuncie sobre el lugar del empadronamiento de la persona menor.
SUPUESTOS EXCEPCIONALES:
Excepcionalmente, cuando no sea posible recabar el consentimiento de ambas ni exista resolución
judicial, podrá realizarse el empadronamiento con el consentimiento de un/a solo/a progenitor/a,
EXCLUSIVAMENTE EN LOS SIGUIENTES CASOS:
Si no existe resolución judicial que se pronuncie sobre la guarda y custodia del/de la menor
(separaciones de hecho o en tramitación): alegando alguno de los motivos tasados recogidos en la
Declaración Responsable (Modelo 3)
Si la persona progenitora solicitante tiene la guarda y custodia en exclusiva: alegando alguno de los
motivos tasados recogidos en la Declaración Responsable (Modelo 2)
Las declaraciones responsables NO pueden utilizarse en el caso de custodia compartida.
3.4 Menores tutelados/as (supuestos de tutela, acogida…): Resolució
Plazo máximo de resolución del empadronamiento en Valencia.
El plazo máximo de respuesta del empadronamiento son 3 meses.
En caso de silencio administrativo se entiende que la respuesta es positiva.*
Como obtener el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO en Valencia
El certificado de empadronamiento se obtene por la Sede Online del ayuntamiento de Valencia, en el siguiente enlace puedes ver todas las gestiones que puedes hacer incluida el certificado de empadronamiento
¿Qué es el empadronamiento?
El empadronamiento consiste en darse de alta en el Padrón municipal de un pueblo, este debe ser el pueblo en el que resides habitualmente. El padrón es el registro administrativo donde figuran todos los vecinos que viven o residen habitualmente en ese municipio.
¿Para que sirve el Empadronamiento?
El certificado de empadronamiento es el documento que se usa en el Padrón municipal para tener un registro administrativo de todos las personas que viven en un municipio. Con dichos certificados se lleva un control de quién vive en cada domicilio de la localidad y se consulta para distintos eventos como pueden ser elecciones municipales, autonómicas o estatales.
¿Cuándo hay que empadronarse en una ciudad?
Si te mudas debes cambiar el empadronamiento cada vez que lo hagas, ya que es un trámite obligatorio cuando una o varias personas se trasladan de un municipio a otro, o bien cuando vienen de un país extranjero, independientemente de estar o no en situación regular.
Es un requisito indispensable cuando vives en una ciudad para que el censo pueda tener en cuenta tu situación para trámites, gestiones y votaciones.